La Ley 34/2007 de calidad del aire y protección de la atmósfera publica en su anexo VI el catálogo de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera.
El capítulo 09 de este anexo hace referencia al tratamiento y eliminación de residuos, y en él aparecen relacionadas las siguientes actividades:
09 TRATAMIENTO Y ELIMINACIÓN DE RESIDUOS
09 02 Incineración de residuos
09 02 01 Incineración de residuos domésticos o municipales
09 02 02 Incineración de residuos industriales (excepto antorchas)
09 02 03 Antorchas en refinerías de petróleo
09 02 04 Antorchas en industrias químicas
09 02 05 Incineración de lodos provenientes del tto. de aguas residuales
09 02 06 Antorchas en las plantas de extracción de petróleo y gas
09 02 07 Incineración de residuos hospitalarios
09 02 08 Incineración de aceites de desecho
09 04 Vertederos
09 04 01 Vertederos controlados
09 04 02 Vertederos no controlados
09 04 03 Otros
09 07 Quema en espacio abierto de residuos agroforestales (ex. 10.03)
09 09 Cremación
09 09 01 Incineración de cadáveres humanos
09 09 02 Incineración de animales muertos
09 10 Otros tratamientos de residuos
09 10 01 Tratamiento de aguas residuales en la industria
09 10 02 Tratamiento de aguas residuales en sectores residencial y comercial
09 10 03 Tratamiento de lodos
09 10 05 Producción de compost
09 10 06 Producción de biogás
09 10 08 Producción de combustibles a partir de residuos
En el capítulo 10 del catálogo también aparece alguna actividad relacionada con residuos:
10 03 Quema en campo abierto de rastrojos, paja, …
10 03 01 Cereales
10 03 02 Legumbres
10 03 03 Tubérculos y rizomas
10 03 04 Caña de azúcar
10 03 05 Otros
De estas actividades se incluyen en el grupo A de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera, y por lo tanto sujetas a autorización, las siguientes:
1. Categorías del catálogo de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera incluidas en el grupo A
1.12. Industrias fabriles y actividades diversas
1.12.1. Plantas de recuperación de metales por combustión de desperdicios
1.12.2. Incineración de residuos industriales
1.12.3. Torrefacción de huesos, cueros, cuernos, pezuñas y otros desechos de animales para la fabricación de abonos y otros usos
1.12.4. Plantas de tratamiento de residuos urbanos con capacidad superior a 150 t/d
1.12.5. Vertederos de basuras
1.12.6. Plantas de compostaje
Las actividades pertenecientes al grupo B también precisan de autorización específica, aunque los requisitos de control de emisiones son menos exigentes que para el grupo A. En el grupo B se incluyen, relacionadas con los residuos, las siguientes:
2. Categorías del catálogo de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera incluidas en el grupo B.
2.1.5.Almacenamiento a la intemperie de combustibles sólidos y residuos de las centrales térmicas
2.12. Industrias fabriles y actividades diversas
2.12.2. Plantas de tratamiento de residuos urbanos con capacidad igual o inferior a 150 t/d
2.12.3. Instalaciones para la eliminación de los residuos no peligrosos, en lugares distintos de los vertederos, con una capacidad de más de 50 t/día
2.12.4. Hornos crematorios (hospitales y cementerios)
2.12.5. Almacenamiento a la intemperie y manipulación de materiales y desperdicios pulverulentos
3.13. Actividades agrícolas y agro-industriales
3.13.1. Almacenamiento de bagazo y orujos fermentables de frutos
jueves, 29 de noviembre de 2007
Residuos y atmósfera
Publicado por Joaquín Ballester en jueves, noviembre 29, 2007
Etiquetas: atmósfera, legislación, residuos
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